NOTA DE PRENSA
PIDEN DETENER
FESTIVAL DEL GATO Y CAUTELAR SALUD PÚBLICA
El congresista
José Urquizo Maggia (NGP) informa que ha remitido oficios a la alcaldesa de la
Municipalidad Distrital de San Luis en la Provincia de Cañete, Delia Solórzano
Carrión, y a la ministra de Salud, Midori De Habich, solicitando información
sobre las acciones que vienen adoptando sus despachos en relación a la
celebración del Festival del Gato, también llamado “Curruñao”, que se tiene
programado realizar este sábado 21 y domingo 22 de setiembre en el Centro Poblado de La
Quebrada.
Como se sabe, a través de los medios
de comunicación, el Festival del Curruñao se realiza en honor a Santa Efigenia,
protectora del arte negro, con esa ocasión se sacrifican alrededor de 100 gatos
para los comensales, lo cual atentaría contra la salud pública, debido a que
estos animales no son considerados como animales de abasto conforme al D.S. Nº
22-95-AG, y su carne no se encuentra dentro de los parámetros de inocuidad que
debe cumplir toda carne apta para el consumo humano según lo establece la R.M.
Nº 591-2008/MINSA.
Es importante mencionar que esta
festividad contraviene la Ley Nº 27265, Ley de Protección a los Animales
Domésticos y a los Animales Silvestres Mantenidos en Cautiverio.
“Los gatos son animales domésticos de
compañía y la municipalidad distrital, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N°
27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en coordinación con la Policía Nacional
y DIGESA deben cautelar la salud pública y la vida de estos indefensos animales”,
señaló Urquizo.
De otro lado, esta actividad constituye
una falta al Código Penal conforme al artículo 450-A, el cual señala textualmente que el que comete actos de crueldad contra un animal, lo somete a trabajos
manifiestamente excesivos o lo maltrata, será sancionado hasta con sesenta
días-multa. Si el animal muriera a consecuencia de los maltratos sufridos, la
pena será de ciento veinte a trescientos sesenta días-multa.
Despacho
Congresista José Urquizo Maggia
Av. Abancay 251 Of. 105
Av. Abancay 251 Of. 105
No hay comentarios:
Publicar un comentario